- ¿Qué significa cancelar la hipoteca registralmente?
- ¿Es obligatorio cancelar la hipoteca en el Registro?
- Pasos para cancelar tu hipoteca (Gestión por tu cuenta)
- ¿Por qué el banco me obliga a usar su gestoría?
- ¿Cuánto cuesta realmente cancelar la hipoteca?
- Cancelación de hipoteca por caducidad (21 años)
¿Qué significa cancelar la hipoteca registralmente?
Muchas personas creen que, al pagar la última cuota de su préstamo hipotecario, la hipoteca desaparece automáticamente. Esto es un error muy común. Pagar la deuda liquida tu obligación financiera con el banco, pero no elimina la carga del Registro de la Propiedad. Para que tu casa aparezca "libre de cargas" frente a terceros, debes realizar el trámite conocido como Cancelación Registral de Hipoteca.
Si solicitas una Nota Simple al día siguiente de abonar tu última cuota, verás que la hipoteca sigue figurando inscrita. Esto se debe a que el Registro de la Propiedad no se actualiza automáticamente con los movimientos de tu cuenta bancaria; necesita un documento oficial (una escritura pública) que demuestre que la deuda ha sido saldada.
¿Es obligatorio cancelar la hipoteca en el Registro?
La respuesta corta es no, no es obligatorio legalmente si vas a seguir viviendo en la casa y no planeas hacer ninguna operación con ella. Sin embargo, es altamente recomendable hacerlo cuanto antes por varios motivos fundamentales:
- Venta del inmueble: Si decides vender la casa, el comprador (y sobre todo, su banco) te exigirá que la vivienda se transmita libre de cargas. Si esperas al último momento, el proceso retrasará la firma de la compraventa.
- Solicitud de nueva financiación: Si necesitas pedir un nuevo préstamo poniendo tu casa como garantía, el nuevo banco no aceptará que exista una hipoteca previa inscrita, aunque esté pagada económicamente.
- Herencias: Facilitarás mucho los trámites futuros a tus herederos dejándoles una propiedad saneada registralmente.
Pasos para cancelar tu hipoteca (Gestión por tu cuenta)
Hacer el trámite por tu cuenta es completamente legal y te ahorrará cientos de euros en honorarios de gestoría. Estos son los tres pasos ineludibles:
1. Solicitar el Certificado de Deuda Cero
Debes acudir a tu banco y solicitar el Certificado de Deuda Cero. Este documento oficial acredita que has saldado la deuda íntegramente. El Banco de España establece que la emisión de este certificado debe ser totalmente gratuita.
2. Firmar la Escritura Notarial de Cancelación
Con el Certificado de Deuda Cero, acude a la notaría que tú elijas. El notario redactará la escritura de cancelación y citará al apoderado de tu banco para que vaya a firmarla. Importante: El banco no puede cobrarte por el desplazamiento de su apoderado a la notaría.
3. Liquidar el Impuesto (AJD) e ir al Registro
Una vez tengas la escritura notarial firmada, deberás liquidar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (Modelo 600) en tu Comunidad Autónoma. Aunque el trámite está exento de pago (el importe a ingresar es 0 euros), la presentación del modelo es obligatoria. Finalmente, lleva la escritura y el impuesto sellado al Registro de la Propiedad al que pertenezca la finca para que procedan a borrar la carga.
¿Por qué el banco me obliga a usar su gestoría?
Cuando cancelas la hipoteca porque vas a vender la casa y el comprador necesita una nueva hipoteca, el banco del comprador suele exigir que la cancelación se tramite a través de su gestoría asociada (provisión de fondos). Argumentan que necesitan "garantizar" que la antigua hipoteca se borrará para que su nueva hipoteca sea la primera en rango.
Aunque es una práctica habitual, asociaciones de consumidores advierten que el cliente tiene derecho a elegir notario y gestoría. Si te imponen su gestoría, puedes intentar negociar o, al menos, exigir un presupuesto desglosado previo, ya que las comisiones de las gestorías bancarias por este trámite suelen oscilar entre los 300 y los 500 euros, un gasto totalmente evitable si lo haces tú mismo.
¿Cuánto cuesta realmente cancelar la hipoteca?
Si realizas el trámite tú mismo, solo pagarás los honorarios del Notario y los Aranceles del Registrador. Ambos costes están regulados por el Estado mediante arancel y dependen del capital inicial del préstamo (la Responsabilidad Hipotecaria), no de lo que te quedaba por pagar.
- Notaría: Suele rondar los 100€ - 150€ dependiendo de los folios y copias.
- Registro de la Propiedad: Suele tener un coste mínimo fijado legalmente, que generalmente ronda los 24€ como base mínima, pero se incrementa ligeramente en función del capital, rondando normalmente los 50€ - 80€ para una hipoteca media.
Cancelación de hipoteca por caducidad (21 años)
Existe una vía alternativa que no cuesta dinero (solo una pequeña tasa). La Ley Hipotecaria establece que, transcurridos 20 años desde la fecha en que terminó el plazo de pago del préstamo hipotecario, más un año extra de cortesía (es decir, 21 años en total desde el último vencimiento), la hipoteca prescribe registralmente.
Si estás en este caso, basta con rellenar un documento privado solicitando la cancelación por caducidad mediante una instancia, legitimar tu firma (unos 6 euros en notaría) y llevarlo al Registro de la Propiedad. El registrador constatará que han pasado 21 años desde la fecha final de pago estipulada en la escritura y borrará la carga automáticamente.
Preguntas Frecuentes
• ¿El banco me puede cobrar comisión por el Certificado de Deuda Cero?
No. El Banco de España ha reiterado en numerosas ocasiones que la emisión del certificado de deuda cero es una obligación inherente a la finalización del contrato hipotecario, por lo que las entidades financieras no pueden cobrar ninguna comisión ni gasto por entregártelo.
• ¿Puedo ir a cualquier notario a cancelar la hipoteca?
Sí, en España rige el principio de libre elección de notario. Eres tú, como consumidor que asume los gastos, quien decide a qué notaría llevar el certificado de deuda cero. El banco tiene la obligación de enviar a su apoderado a la notaría que tú designes en tu localidad.
• ¿Qué impuesto debo pagar al cancelar la hipoteca?
La cancelación de hipoteca tributa por el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), pero la ley establece que esta operación está completamente exenta. Por tanto, tendrás que presentar el formulario (Modelo 600 o similar, dependiendo de la comunidad autónoma), pero el resultado a pagar será de 0 euros.
• ¿Cuánto tarda el Registro de la Propiedad en borrar la hipoteca?
Una vez presentas la escritura notarial y la liquidación del impuesto en el Registro de la Propiedad, el registrador tiene un plazo máximo legal de 15 días hábiles para realizar la calificación e inscribir la cancelación de la carga, entregándote después la minuta con sus honorarios.
• ¿Cómo compruebo que la hipoteca se ha cancelado correctamente?
La forma más rápida, segura y económica de verificar que la casa está totalmente libre de cargas tras realizar el trámite es solicitando una Nota Simple Informativa al Registro de la Propiedad. En ella deberá constar que la finca no tiene cargas vigentes o que la hipoteca anterior ha sido cancelada.